Posteado por: JGL | 16 Diciembre 2009

Interoperabilidad y Salud

La interoperatividad es la condición mediante la cual sistemas heterogéneos pueden intercambiar procesos o datos, o como los define la Ley 11/2007 de 22 de junio de acceso electrónico de los ciudadanosa los servicios públicos: “Capacidad de los sistemas de información, y por ende de los procedimientos a los que éstos dan soporte, de compartir datos y posibilitar el intercambio de información y conocimiento entre ellos”.

La interoperabilidad técnica es aquella dimensión de la interoperabilidad relativa a la relación entre sistemas y servicios de tecnologías de la información, incluyendo aspectos como las interfaces, la interconexión, la integración de datos y servicios, la presentación de la información, la accesibilidad y la seguridad, u otros de naturaleza homóloga. Se consigue con estándares y especificaciones técnicas.

La interoperabilidad semántica es aquella dimensión de la interoperabilidad relativa a que la información intercambiada pueda ser interpretable de forma automática por aplicaciones que no intervinieron en su creación. Implica compartir los modelos de datos, entendidos estos como el conjunto de definiciones (modelo conceptual), interelaciones (modelo lógico) y reglas y convenciones (modelo físico) que permiten describir los datos para su intercambio. Se consigue por tanto con que estén claros los conceptos de lo que se intercambia.

La interoperabilidad organizativa es aquella dimensión de la interoperabilidad relativa a la capacidad de las entedidades y de los procesos a través de los cuales llevan a cabo sus actividades para colaborar con el objeto de alcanzar logros mutuamente acordados relativos a los servicios que prestan. Implica conocimiento y reconocimiento de los procedimientos que dan soporte a los datos que se intercambian y se consigue realizando los mismos procesos y procedimeintos en las organizaciones que tratan de intercambiar algo.

La Ley 11/2007 , en su Título Cuarto, determina los principios para garantizar la interoperabilida dentre los sistemas de información. El artículo 41 está dedicado a la interoperabilidad de los sistemas de información en su faceta técnica, semántica y organizativa y el Artículo 42 al Esquema Nacional de Interoperabilidad y Esquema Naconal de Seguridad. Esta norma está en linea con el proyecto de interoperabiliadad en el marco europeo.

En el plano sanitario han sido complicadas las experiencias de interoperabilidad en el Sistema Nacional de Salud pero se va consiguiendo; el gran reto es el proyecto de Historia Clínica Digital del SNS. En su primera fase, se consigue interoperabilidad técnica pudiéndose acceder a los repositorios de las informes de la historia clínica de un paciente desde otra Comunidad Autónoma. Se accede a una imagen de los informes y por tanto es un escalón bajo de interoperabilidad. El siguiente paso es llegar a la interoperabilidad semántica, para lo que se han tomado iniciativas como la implantación de SNOMED y los OID. La interoperabilidad organizativa es lógicamente más complicada.

En la gestión digital de datos en salud pública observamos una evolución cuya primera etapa fué trabajar con bases de datos aisladas; posteriormente fué necesario desarrollar sistemas de información más complejos,  con poca o ninguna integración con otros sistemas pero sin salir del ámbito de la salud pública; a este momento corresponden por ejemplo los proyectos de redes de alerta en salud pública que trataban de integrar información de vigilancia de la salud e higiene alimentaria.

En este escenario, los problemas de interoperabilidad eran mínimos, pero se fueron haciendo más complejos en la medida que fué necesario relacionarse con sistemas de información de otros ámbitos como la historia clínica electrónica, bases de datos de usuarios, o registros de profesionales sanitarios. Creo que esta es la situación más común en la actualidad a la que hay que añadir la incorporación de la administración electrónica (que requiere integración con otros sistemas corporativos).

Un nuevo reto se nos presenta para el desarrollo de la acción intersectorial por la Salud, en la medida que nuestros sistemas se tienen que entender con otros de fuera del sector salud, como Hacienda (subvenciones), Agricultura (higiene alimentaria), Medio Ambiente (sanidad ambiental), Asuntos sociales (ámbito socio-sanitario), Protección Civil (emergencias), Administración Pública (administración electrónica, registro de personal funcionario), sector privado (empresas distribuidoras de agua, centros sanitarios privados  o cualquier entidad que tenga que darnos información y desee hacerlo directamente desde sus sistemas de información), sólo por citar algunos, además de la interoperabilidad con el Ministerio de Sanidad y Política Social, para lo que este ha de definir los estándares correspondientes (sería interesante que se incluyesen estas competencias en la esperada Ley de Salud Pública).

En este escenario, hablar de sistemas de información específicos en salud pública tendrán cada vez menos sentido y será más adecuado hablar de sistemas de información de interés en o para la salud pública.

Posteado por: JGL | 11 Diciembre 2009

Gobierno abierto

La Casa Blanca ha publicado la Open Government Directive, continuación del Memorandum on Transparency and Open Government del Presidente Obama de 21 de enero de 2009.

La Directiva tiene cuatro puntos:

  1. Publicación de información gubernametal online.
  2. Mejorar la calidad de la información gubernamental.
  3. Crear e institucionalizar una cultura de Gobierno abierto.
  4. Crear un marco político que fomente el Gobierno abierto

Ya ha habido comentarios que indican que de los tres aspectos fundamentales del gobierno abierto, la Directiva desarrolla más la transparencia que la participación o la colaboración. (Ver artículo previo sobre transparencia en los datos gestionados por la Administración Pública).

Hay que destacar la concreción de las medidas, a modo de ejemplo:

  • En un plazo de 45 dias, cada agencia debe poner a disposicion del público en un formato abierto, tres bases de datos de interés que hasta ese momento no lo estuviesen.
  • En un plazo de 45 dias cada Agencia debe designara un alto cargo responsable de la calidad, objetividad y control interno de la información que se difunde.
  • En 120 dias debe disponerse de una guia para la elaboración de informes trimestrales sobre los avances que cada Agencia hace en mejorar la calidad de la información que distribuye.
  • En 120 dias, cada Agencia debe tener publicado un Plan sobre como mejorar la trasparencia y como incorporar la participación diudadana y la colaboración en sus actividades.
  • ……………..
Posteado por: JGL | 3 Diciembre 2009

Ley de Salud Pública de Andalucía

Una de las reformas sanitarias pendientes en España es la de la salud pública; la necesidad de adecuar sus estructuras y funciones a las necesidades actuales de la sociedad está bien fundamentada así como las orientaciones a tener en cuenta en su desarrollo legislativo.

A la iniciativa (fallida) del Instituto de Salud Pública de la Comunidad de Madrid (2001), la Ley de Salud Pública de la Comunidad Valenciana (2005), y Ley de Salud Pública de la Comunidad Autónoma de Cataluña (2009), se une el Anteproyecto de Ley de Salud Pública de Andalucía. Estas iniciativas muestran que la salud pública ha entrado en la agenda política de una forma proactiva y no reactiva ante las crisis, que ha sido lo habitual en los últimos años, con falta de liderazgo del Ministerio de Sanidad y de iniciativa por parte de las Comunidades Autónomas, con casi tres décadas de competencias plenas en la materia.

A mi modo de ver, la iniciativa del Gobierno de Andalucía presenta varios aspectos a destacar:

  • Fortalece el protagonismo y capacidad de decisión de la población en los temas de salud pública.
  • Establece mecanismos concretos para que la salud pública tenga impacto en todas las políticas.
  • Establece el análisis del impacto en salud como requisito para algunas acciones y actividades concretas.
  • Crea una organización específica para el desarrollo de las actividades de salud pública (Agencia).
  • Ordena el desarrollo profesional de los trabajadores de la salud pública.
  • Incorpora elementos éticos.

Mi valoración del proyecto es muy positiva, y considero es coherente con la realidad y aspiraciones sociales actuales; aún así hay algunos aspectos que creo que pueden mejorar durante su tramitación.

A lo largo del proyecto, hay referencias constantes a la transparencia y un artículo, el 19, se refiere a la necesidad de informar a la población cuando haya un riesgo para la salud. Teniendo en cuenta que el artículo comienza “Sin perjuicio de las disposiciones vigentes sobre el acceso a los documentos oficiales….” me surge la duda si con esta ley puedo conocer los resultados de la inspección a un establecimiento aunque no sea el dueño o no haya estado expuesto a sus productos o servicios, o conocer los informes en los que se ha basado el impacto en salud, o saber por ejemplo, cuales han sido las bases científicas y las distintas posturas que ha habido a la hora de tomar una decisión como introducir la vacuna del papiloma humano o la adquisición de retrovirales o vacunas para la gripe A H1N1 o la edad en la que se realiza la mamografía en los programas de screenig.

La transparencia implica tanto que se me informe como que pueda acceder a la documentación en poder de la administración, lo cual no se si es posible con esta ley o debemos esperar a que se apruebe una ley sobre acceso a los datos de las administraciones públicas tal como existe en la mayoría de los países de nuestro entorno

En el proyecto se hace bastante énfasis en diferenciar los distintos elementos de la salud pública, y a mi juicio poco a integrarlos. Sin pretenderlo se podría estar favoreciendo el estableciendo de compartimentos estancos que dificultasen un desarrollo integrado de la salud pública: protección, prevención, promoción, vigilancia.

Creo que es adecuado hacer énfasis en una ley de salud pública en los aspectos ambientales y alimentarios, pero no veo claro el que la protección de la salud en el articulado se refiera exclusivamente a estos aspectos (se habla de nuevo paradigma de la protección de la salud en el preámbulo)

Creo que existen diferencias entre las actividades de prevención y promoción, pero no las veo evidentes entre prevención y protección. De hecho, la protección de la salud en la bibliografía está asociada a la protección individual (¿prevención?), protección de la salud de los trabajadores, la protección radiológica o la protección ante el terrorismo. Por otra parte, tenemos actividades de protección en relación al tabaco y de promoción en relación a los alimentos.

Con relación a la prevención, las acciones que enumera se refieren en su mayoría a acciones individuales, por lo que creo sería mejor no especificar las acciones preventivas concretas y dejarlas en un marco más general (pudiera olvidarse alguna); lo mismo es aplicable a las acciones en protección de la salud.

En cuanto a la vigilancia en salud, se evoluciona desde la vigilancia de la enfermedad a la vigilancia de la salud como un recorrido lógico de la vigilancia epidemiológica; esta evolución la veo adecuada, pero la terminología usada no la veo clara. Se asocia vigilancia a sistemas de información, aunque estos no son exclusivos de la vigilancia, pues son necesarios para la cooperación, gestión de procesos y conocimiento, colaboración e integración con otras entidades y administraciones (necesario garantizar la interoperabilidad).y soporte a decisiones.

Mi propuesta sería sacar los sistemas de información del capítulo de vigilancia e incorporarlos en el capitulo de infraestructuras, pues las TIC que dan soporte a estos sistemas, en la actualidad ya no son elementos innovadores, sino infraestructuras básicas para dar un servicio adecuado. En el apartado vigilancia se incorpora también la salud laboral, que aunque tiene elementos claros de vigilancia, los tiene también de protección y promoción de la salud. Parece que replica el organigrama actual. Entiendo el concepto de vigilancia de la salud, o vigilancia en salud pública o de la salud pública pero no el de vigilancia en salud (¿significa que el que vigila tiene que estar sano?). En el mismo sentido, la red de alerta parece asociada a la vigilancia de la salud, cuando creo que hablamos de alertas en salud pública o de salud pública.

En cuanto a la formación de profesionales de salud pública, creo debe incluirse en la Agencia de Salud Pública la formación de especialistas residentes en esta materia y por tanto su unidad docente, al igual que abrir una puerta para la formación especializada de profesionales que no sean licenciados en medicina.

Creo que en la cartera de servicios o en la red de alerta, se debe especificarse que se garantiza la prestación continuada e ininterrumpida de los servicios de salud pública, lo que implica un sistema de guardia.

Se habla de sociedad del conocimiento, pero creo sería necesario incorporar en el texto elementos de gestión del conocimiento y trabajo en red, facilitando la movilidad de los profesionales. La idea es que llevamos más un siglo con unos servicios de salud pública adscritos a un territorio y debemos tender a que su identificación sea además del territorio a sus competencias y conocimientos (mapa de conocimiento básico para su gestión).

Como cosa puntual, al final del apartado 4 del Artículo 68, hay que especificar “…para la salud colectiva”.

Por último hay aspectos de lenguaje que creo deben revisarse. En la ley se introducen conceptos nuevos que resultan de difícil expresión con el vocabulario al que estamos acostumbrados. Se ha optado por introducir unos términos que aunque definidos en el glosario, corren el riesgo de convertirse en “palabros” carentes de sentido. Como les gusta decir a los juristas, la ley debe tener una claridad hermenéutica y creo que esto hay que procurarlo en estos casos:

  • Palabras: rectoría, gobernanza, abogacía, empoderamiento, academia, partenariado.
  • Calificativos quizás usados en exceso: global, innovador, moderno, progresista, contexto, nuevo/a, óptima, transparencia.
  • Barroquismo en frases: “proceso de formación de la voluntad del Estado Español”, “participación social inteligente”.

Estoy seguro que se valorarán adecuadamente las aportaciones que se harán al proyecto durante su fase de exposición pública y en consecuencia se mejorará su contenido.

Posteado por: JGL | 26 Noviembre 2009

Ante la corrupción, ética y transparencia.

En los últimos meses los temas relacionados con la corrupción han ocupado un gran espacio en los medios de comunicación. En medio de descalificaciones generalizadas y sin que haya habido un debate de fondo, han aparecido algunos comentarios que me han parecido interesantes.

El primero de ellos  hace referencia al informe “La democracia en España 2009″ de la Fundación Alternativas en el que se indica que la valoración de la calidad democrática en España (obtenida a través de una serie de indicadores) con respecto al año anterior pasó de 6.2 a 6.0 sobre 10, debido a la disminución en la capacidad de control del Parlamento, la menor transparencia de la información estadística y el menor control en la política presupuestaria. Ya en 2008, la puntuación sobre la trasparencia de la información estadística (6.0) se encontraba por debajo de la puntuación general (6.2).

Me interesó igualmente el artículo  “De regalos y corrupción” en el que se hacen referencias a la corrupción y a los dilemas éticos ya en época de los romanos en relación a regalos: hasta donde la educación y hasta donde la indecencia.

Otro artículo, firmado por integrantes del Comité de Dirección de Trasparencia Internacional de España,  indicaba lo que a su juicio eran los principales determinantes de la corrupción en España:

  • Clientelismo y falta de trasparencia de las administraciones públicas.
  • Control insuficiente de la actividad de los partidos políticos y su financiación.
  • Leyes que no se cumplen e inexistencia de otras necesarias, como la de acceso a datos públicos.

Para responder a esta situació, plantean una especie de decálogo para luchar contra la corrupción; algunas de las acciones afectan a la administración pública en lo relativo al acceso y carrera dentro de la administración, análisis de riesgos, transparencia y simplificación de normas y procedimientos.

Otro artículo “La imprescindible ética del gobernante” indica que el denominador común de la práctica presuntamente corrupta es la falta de ética pública, y en un comentario reciente titulado  “Se hubiera podido evitar” se reclama un acceso a la información pública mediante una ley de las denominadas Freedom Information Act.

Como colofón, en el último informe de Transparencia Internacional se indica que España escala posiciones en cuanto a la percepción sobre la corrupción. La escalada de España en la lista de percepción de la corrupción, según los autoress del informe,  “no es tanto debido a que haya aumentado las acciones corruptas en el sector público, sino a que al haber más investigación y al aflorar más casos hay una mayor sensibilidad y una mayor preocupación y mayor sensación de que existen más corruptos”.

Creo que lo que ponen de monifiesto estos comentarios es la importancia de la ética en las administraciones públicas que a mi juicio requiere más atención y la necesidad de una mayor transparencia, concretada en la exigencia de una normativa sobre acceso a los datos e información de las administraciones públicas, tal como existe en la mayoria de los paises de nuestro entorno.

Actualización 19 de diciembre de 2009:

Artículo de Carlos Hernandez Pezzi “Claves contra la corrupción”, en el que entre otras cosas se habla de reformas estructurales, ética, participación y transparencia.

Si hace 100 años el paradigma tecnológico de la Salud Pública era el laboratorio y desde hace 50 años lo han sido las vacunas, en la actualidad lo son las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC). Los servicios de Salud Pública son intensivos en cuanto a la gestión del conocimiento, y para generarlo necesitan colaboración y participación de actores múltiples.

Por ello es necesario tener en cuenta cuales on las tendencias de las tecnologías de la información, para lo que un referente reconocido es el informe que anualmente hace la consultora Gartner sobre tecnologías emergentes. En el “Hype Cicle for Emerging Technologies 2009” lo más destacable es la enorme expectativa que han creado las redes sociales y las tecnologías que les dan soporte así como los contenidos digitales, especialmente en soporte video.

Hype Cycle gartner 2009

En un plazo de dos años, la Web 2.0 estará incorporada en instituciones y empresas transformando las formas de trabajar y de relacionarse. En este mismo plazo se implantarán los blogs corporativos, aunque su efecto transformador será menor.

A medio plazo, entre 2011 y 2014, se incorporarán como algo habitual, trasformando la forma de trabajar en las organizaciones y empresas: “la nube” (nuestras aplicaciones estarán alojadas en internet y no en nuestros servidores), la televisión por Internet tanto por evolución de las cadenas tradicionales como la aparición de cadenas exclusivas para Internet tanto comerciales como corporativas o institucionales; los mundos virtuales con Second Life como paradigma de réplica virtual de espacios reales de empresas e instituciones y la Arquitectura Orientada a Servicios (SOA).

En el mismo periodo, encontramos entre las tecnologías que contribuirán a mejorar de una forma notoria los procesos en las organizaciones, mejorando su eficiencia, pero sin llegar a producir una trasformación como las anteriores: libros y papel electrónico aunque sus posibilidades están comprometidas por la ausencia de estandares, elevado coste y títulos limitados, las tecnologías verdes, el geoposicionamiento a partir de dispositivos móviles (GPS, teléfono movil, ordenadores portátiles etc) y su superposición a capas cartográficas temáticas; el video on line con YouTube como ejemplo, el análisis de redes sociales estudiando las relaciónes entre los nodos y sus redes y plataformas para redes sociales para la llamada “Empresa 2.0” o “Administración 2.0” que favorecen la interacción entre empleados, usuarios y colaboradores, ayudando a crear y explotar el conocimiento colectivo.

Igualmente se espera que mejoren los procesos, pero tendrán un impacto moderado en las organizaciones las siguientes tecnologías: Idea Management para el impulso de la innovación, Microblogging para la comunicación instantanea con Twiter como referente, pago a través del teléfono movil, tablet PC para cuando se necesita movilidad pero con limitaciones por el precio y disponibilidad de aplicaciones, Video Telepresence como una nueva fase de las videoconferencias y finalmente los Wikis para elaborar documentos de forma colaborativa con Wikipedia como referente.

A más largo plazo, entre 2014 y 2024, se implantarian tecnologias como RFIC, realidad aumentada o monitorización clínica a domicilio, mientras que los robots móbiles o “Human Augmentation” alcanzarian su uso cotidiano más alla de 2025.

Es previsible que estas tecnologías tengan un fuerte impacto en Salud Pública, entre lo que, en una lista no exhaustiva, nos podriamos encontrar con:

  • Oportunidad de incorporar estas herramientas como elementos estratégicos en la necesaria reforma de la Salud Pública.
  • Cambios en las relaciones dentro de las organizaciones de Salud Pública, primando la colaboracion propia de trabajadores del conocimiento sobre la jerarquía o burocracia (Web 2.0, blogs corporativos, plataformas para redes sociales) .
  • Oportunidades para una mejor gestión del conocimiento tanto implícito como explícito (blogs corporativos, wiki, plataformas para redes sociales).
  • Cambios en la forma de relación con la sociedad, con oportunidades para la información, comunicación y participación directa, en el contexto de la Administración Abierta (web 2.0, blogs corporativos, plataformas para redes sociales).
  • Oportunidad de elaborar contenidos digitales de interés sanitario para su distribución multicanal (Tv por Internet, videos on line, libros digitales).
  • Oportunidades para actividades docentes no presenciales (libros virtuales, tv por Internet, video on lines, mundos virtuales).
  • Retos éticos sobre privacidad y protección de datos (relacionados con “la nube”, el geoposicionamiento, las redes sociales y su análisis).
  • Cambios derivados del teletrabajo (tecnologías verdes).
  • Nuevas posibilidades para facilitar el trabajo de campo (tablec PC, geoposicionamiento, papel electrónico).
  • Retos y oportunidades de estas tecnologías en la gestión de crisis (microblogging, TV por Internet, videos on line, blogs corporativos, Web 2.0).
  • Nuevas formas de hacer las reuniones de trabajo, congresos y reuniones científicas (mundos virtuales, telepresencia, video on line, microblogging) .
  • Oportunidades para la vigilancia de la salud (análisis de redes sociales, geoposicionamiento).
  • Impacto de las herramientas participativas en la elaboración de documentos, protoclos etc (wiki).
  • Mejora en la Interoperabilidad con otras instituciones (SOA).

Esta lista se puede refinar y ampliar con tus comentarios.

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